12/12/2017 SE REFORMA EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO: MALTRATO ANIMAL.
Con fecha 05 de diciembre del presente año, se publico en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el “DECRETO NÚMERO 261 POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO” para quedar como sigue:

De lo anterior, se puede resumir lo siguiente:
*En cuanto al decomiso de animales vivos deberán ser conducidos a lugares especializados incluidas las asociaciones u organizaciones legalmente constituidas, estas últimas solo para el resguardo temporal.
*Las personas que sean responsables de maltrato o crueldad animal perderán todo derecho sobre ellos.
*Comete el delito de maltrato animal, el que cause lesiones dolosas a cualquier animal que no constituya plaga, con el propósito o NO, de causarle la muerte y se le impondrá pena de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.
*La pena se incrementara hasta en una mitad cuando el maltrato sea videogravado o difundido.
¡Excelente reforma!
Saludos.
